Cuestión Vinculante nº V0910-05 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 20 de Mayo de 2005

Fecha20 Mayo 2005

En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, informa lo siguiente:

Con carácter previo, ha de advertirse que al tener la causante su domicilio en Madrid en el momento del fallecimiento, corresponde a la Comunidad de Madrid la contestación de las consultas cuando se refieran a la aplicación de las disposiciones dictadas por la Comunidad en el ejercicio de sus competencias, tal y como sucede en el presente caso, al haber regulado dicha Administración la reducción establecida en el artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, todo ello de acuerdo con el artículo 47.2.a) en relación con el 40.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía (B.O.E. de 31 de diciembre).

No obstante y a título informativo, se pone en conocimiento del consultante que este Centro Directivo ha manifestado en reiteradas contestaciones a consultas (entre otras, las de 2 de marzo de 1999, 17 de julio de 2001, 1 de agosto de 2002, 22 y 29 de mayo de 2003, 15 de enero de 2004 y ya con los efectos vinculantes previstos en el artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en consultas de 20 y 28 de septiembre de 2004) así como en la Resolución 2/1999, de 23 de marzo (B.O.E. del 10 de abril), relativa a la aplicación de las reducciones en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que las reducciones deberán calcularse sobre el valor de los bienes y derechos que se encuentren incluidos en el caudal relicto del causante en función de los acuerdos entre el cónyuge supérstite y los sucesores del fallecido, habida cuenta que las adjudicaciones de bienes y derechos derivadas de la liquidación de la...

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