Consulta no vinculante nº 0049-05 de Direccion General de Tributos, 15 de Febrero de 2005

Fecha15 Febrero 2005
  1. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

    El artículo 4.Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante LIVA), establece que "estarán sujetas al Impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servi-cios realizadas en el ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con ca-rác-ter habitual u oca-sional, en el desarrollo de su actividad empresarial o pro-fesional, incluso si se efectúan en favor de los propios socios, asociados, miembros o partícipes de las entidades que las realicen".

    El artículo 8.Dos.7º de la LIVA, establece que "también se considerarán entregas de bienes: …

    El suministro de un producto informático normalizado efectuado en cualquier soporte material.

    A estos efectos, se considerarán como productos informáticos normalizados aquellos que no precisen de modificación sustancial alguna para ser utilizados por cualquier usuario".

    El artículo 11.Dos.16º de la LIVA establece que, "en particular, se considerarán prestaciones de servicios: …

    El suministro de productos informáticos cuando no tenga la condición de entrega de bienes, considerándose accesoria a la prestación de servicios la entrega del correspondiente soporte.

    En particular, se considerará prestación de servicios el suministro de productos informáticos que hayan sido confeccionados previo encargo de su destinatario conforme a las especificaciones de éste, así como aquellos otros que sean objeto de adaptaciones sustanciales necesarias para el uso por su destinatario".

    De acuerdo con los preceptos anteriores, la operación objeto de consulta debe considerarse como una prestación de servicios a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.

    Por otro lado, según lo previsto en el artículo 70.Uno.5º, letras A)a) y B)e), de la LIVA, estará sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido español la prestación de servicios objeto de consulta, y el sujeto pasivo de dicha...

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