Cuestión Vinculante nº V2333-11 de Direccion General de Tributos, 3 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2011
Normativa aplicadaLIVA L 37/1992 arts. 4.uno .dos.a).b), 5.uno.a), 104 TRLIS RDLeg 4/2004 art. 10-3

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El artículo 10.3 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, establece lo siguiente:

"3. En el método de estimación directa, la base imponible se calculará, corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en esta ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas".

De acuerdo con el artículo 1.187 del Código Civil la condonación está sometida a los preceptos que rigen las donaciones.

Contablemente, la norma de registro y valoración (NRV) 18ª del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 20 de noviembre), relativa al tratamiento contable de las subvenciones, donaciones y legados recibidos, distingue entre las subvenciones, donaciones y legados otorgados por terceros distintos a los socios o propietarios y las subvenciones, donaciones y legados otorgados por socios o propietarios.

En relación con las subvenciones, donaciones y legados otorgados por socios o propietarios el apartado 2 de la NRV 18ª del PGC dispone que "(…) no constituyen ingresos, debiéndose registrar directamente en los fondos propios, independientemente del tipo de subvención, donación o legado de que se trate. La valoración de estas subvenciones, donaciones y legados es la establecida en el apartado 1.2 de esta norma. (…)".

En este sentido se pronuncia el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en la consulta número 4 de su Boletín número 79, de septiembre de 2009, sobre el tratamiento contable de la condonación de créditos y débitos entre empresas del mismo grupo.

A la vista de este tratamiento, la norma contable parece rechazar la posibilidad de que entre socio y sociedad pueda existir como causa del negocio la mera liberalidad. Por el contrario, la solución que se recoge para estas transacciones guarda sintonía con la causa mercantil que ampara las ampliaciones de capital. Desde una perspectiva estrictamente contable, la sociedad donataria experimenta un aumento de sus fondos propios y el donante, en sintonía con el criterio recogido en al consulta 7 del BOICAC nº 75, contabilizará, con carácter general, un mayor valor de su participación salvo que, existiendo otros socios de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Procedimiento de aplicación de la prorrata en el IVA
    • España
    • Práctico Asesor Practico Impuestos Práctico Impuesto sobre el Valor Añadido Operaciones interiores Deducciones y devoluciones en el IVA
    • 14 Marzo 2016
    ...... de aplicación de la prorrata general. En principio, el porcentaje de deducción ... general 2 Regla de prorrata especial en la LIVA 3 Procedimiento de solicitud de la prorrata ... cuotas de IVA deducibles (Consulta Vinculante nº V1101-05 de Dirección General de Tributos, ... por el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, por el que se modifican el Reglamento del ... La Consulta VinculanteV2333-11 de Dirección General de Tributos, 3 de Octubre e 2011 [j 10] hace referencia al procedimiento de ... ↑ Cuestión Vinculante nº V1787-15 de Dirección General de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR