Cuestión Vinculante nº V0621-10 de Direccion General de Tributos, 30 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2010
Normativa aplicadaTRLIS RDLeg 4/2004 arts. 10, 14, 15 y 71 TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art. 1 y 7

1). Impuesto sobre Sociedades:

En la contestación a la presente consulta va a partirse del supuesto de que la entidad consultante no ostenta una participación directa del 100% en el capital de cada una de las sociedades dependientes.

En la regulación del régimen de consolidación fiscal, el artículo 71 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, establece que:

1. La base imponible del grupo fiscal se determinará sumando:

a) Las bases imponibles individuales correspondientes a todas y cada una de las sociedades integrantes del grupo fiscal, sin incluir en ellas la compensación de las bases imponibles negativas individuales.

b) Las eliminaciones.

c) Las incorporaciones de las eliminaciones practicadas en ejercicios anteriores.

d) La compensación de las bases imponibles negativas del grupo fiscal, cuando el importe de la suma de los párrafos anteriores resultase positiva, así como de las bases imponibles negativas referidas en el apartado 2 del artículo 74 de esta ley.

2. Las eliminaciones y las incorporaciones se realizarán de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 46 del Código de Comercio y demás normas de desarrollo.

(…)

En lo que se refiere al cálculo de la base imponible individual, el artículo 10.3 del TRLIS, dispone, con carácter general para todas las entidades, que:

3. En el método de estimación directa, la base imponible se calculará, corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en esta ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas.

Para determinar el tratamiento contable de las operaciones de condonación de créditos/débitos entre empresas del mismo grupo se ha solicitado Informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de fecha 14 de julio de 2009, el cual se recoge en la consulta 4 del BOICAC 79/2009 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Dicha consulta contable establece lo siguiente:

"a) Condonación de un crédito concedido por una sociedad dependiente a otra sociedad dependiente.

(…)

En consecuencia, de acuerdo con todo lo anterior, por aplicación analógica de la regla especial incluida en el apartado 2 de la NRV 18ª, la condonación de un crédito por parte de una sociedad dependiente a otra sociedad dependiente, debe registrarse por la sociedad donataria directamente en los fondos propios en el epígrafe A-1.VI "Otras aportaciones de socios".

La sociedad donante registrará la operación con cargo a una cuenta de reservas, y dará de baja el crédito por su valor en libros.

No obstante, cuando existan otros socios de las sociedades dependientes, si la distribución/recuperación y la posterior aportación se realiza en una proporción superior a la que correspondería por su participación efectiva, el exceso sobre dicha participación se contabilizará de acuerdo con los criterios generales, tal y como se precisa en la citada letra b). Es decir, un gasto para la sociedad donante y un ingreso para la donataria. En la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Aplicación del valor de mercado en operaciones gratuitas
    • España
    • Práctico Asesor Practico Impuestos Práctico Impuesto sobre Sociedades Base imponible Reglas especiales de valoración en el IS Cuestiones generales de valoración en el IS
    • 30 Septiembre 2023
    ...... en la segunda parte de este Plan General de Contabilidad .” El PGC , en el citado ... 2005 [j 1] , CDGTV 1365/2007, de 25 de marzo de 2007 ; 2365/2007, de 6 de noviembre de 2007 [j 2] y CDGTV de 18 de noviembre de 2010 [j 3] ; CDGT 0980/1999 de 10 de junio de 1999 ... que de una donación (Consulta ICAC de 30 de septiembre, BOICAC número 79, CDGTV ... Jurisprudencia citada ↑ Cuestión Vinculante nº V1065-05 de Direccion General de ... nº V2365-07 de Direccion General de Tributos, 6 de Noviembre de 2007 . ↑ ... ↑ Cuestión VinculanteV0621-10 de Direccion General de Tributos, 30 de Marzo de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR