Cuestión Vinculante nº V0310-04 de Direccion General de Tributos, 25 de Noviembre de 2004
Fecha | 25 Noviembre 2004 |
El apartado 1 del artículo 38 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, regula la deducción por inversiones en bienes de interés cultural en los siguientes términos:
"1. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra del 15 por ciento del importe de las inversiones o gastos que realicen para:
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La adquisición de bienes del patrimonio histórico español, realizada fuera del territorio español para su introducción dentro de dicho territorio, siempre que los bienes sean declarados bienes de interés cultural o incluidos en el Inventario general de bienes muebles en el plazo de un año desde su introducción y permanezcan en territorio español y dentro del patrimonio del titular durante al menos cuatro años.
La base de esta deducción será la valoración efectuada por la Junta de calificación, valoración y exportación de bienes del patrimonio histórico español.
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La conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural conforme a la normativa del Patrimonio Histórico del Estado y de las comunidades autónomas, siempre y cuando se cumplan las exigencias establecidas en dicha normativa, en particular respecto de los deberes de visita y exposición pública de dichos bienes.
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La rehabilitación de edificios, el mantenimiento y reparación de sus tejados y fachadas, así como la mejora de infraestructuras de su propiedad situados en el entorno que sea objeto de protección de las ciudades españolas o de los conjuntos arquitectónicos, arqueológicos, naturales o paisajísticos y de los bienes declarados Patrimonio Mundial por la Unesco situados en España".
Como establecen las letras b) y c) del precepto indicado, es requisito necesario que la entidad que pretende...
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Deducción por inversiones en bienes de interés cultural y producciones cinematográficas bajo el TRLIS
...de los bienes sobre los que se realizasen las actuaciones de reparación, conservación, mantenimiento o remodelación (CDGTV 0310/2004, de 25 de noviembre de 2004 [j 1] y CDGTV 2074/2004, de 20 de diciembre de 2004 [j 2]). Por último, la letra c) del art. 38.1 TRLIS , beneficiaba a la rehabil......