Cuestión Vinculante nº V0049-01 de Direccion General de Tributos, 13 de Junio de 2001

Fecha13 Junio 2001

El artículo 33 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre (B.O.E. de 28 de diciembre), del Impuesto sobre Sociedades (en adelante LIS), en su nueva redacción establecida por el artículo 3. tres de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, contempla una deducción de la cuota íntegra de dicho impuesto por la realización de actividades de investigación científica e innovación tecnológica, incluyendo una definición de lo que, a estos efectos, se ha de entender por cada una de estas actividades, por cuyo tamiz se han de pasar los proyectos comunicados por el consultante para determinar si dan derecho a la mencionada deducción, análisis que haremos distinguiendo los siguientes tipos de actividades.

  1. - En primer lugar, los cursillos de formación de traducción asistida por ordenador dirigidos a traductores licenciados.

    La realización de estos cursos no podrá considerarse como actividad de investigación ya que no constituye "¿indagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico o tecnológico". Tampoco serán actividad de desarrollo por cuanto no consisten en la "aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico para la fabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos o sistemas preexistentes." Por último, no podrán considerarse actividades de innovación tecnológica por no perseguir "¿la obtención de nuevos productos o procesos de producción, o de mejoras sustanciales, tecnológicamente significativas, de los ya existentes."

    En definitiva, los cursillos tendrán una finalidad divulgadora de conocimientos preexistentes, por lo que encajan en lo indicado en el apartado 4 del artículo 33 de la LIS, según el cual no se consideran actividades de investigación y desarrollo ni de innovación tecnológica las actividades de provisión de servicios o distribución de bienes y servicios.

  2. - En segundo lugar han de analizarse las tres actividades que presentan una característica común, tener como objetivo el desarrollo y perfeccionamiento de herramientas informáticas que sirvan de apoyo a las tareas de traducción.

    La primera de ellas persigue, siempre según las descripciones aportadas por el consultante, desarrollar un sistema que localice y extraiga un...

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