Consulta no vinculante nº 2352-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 17 de Diciembre de 2003

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Resumen


El consultante adquirió una finca rústica mediante contrato privado y con precio aplazado. Tomó posesión de la finca en la fecha del documento privado. Tres años después, una vez satisfecho el último plazo, se otorgó escritura pública.

Original


Fecha de transmisión de la finca rústica a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 2352-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 17 de Diciembre de 2003

Para determinar la fecha de transmisión de la finca enajenada hay que tene...

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