Consulta no vinculante nº 1614-02 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 28 de Octubre de 2002
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Resumen
El consultante, médico de Atención Primaria, percibe el «Complemento de Dispersión Geográfica» en compensación a la utilización de medios de transportes propios en las visitas domiciliarias a los pacientes.
Original
Exoneración de gravamen del complemento.
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Extracto
Consulta no vinculante nº 1614-02 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 28 de Octubre de 2002
La regulación de los gastos de locomoción que pueden estar exonerados de gravamen se recoge en el artículo 8.A.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las...
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