Consulta no vinculante nº 1040-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 20 de Abril de 2004

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Abogados Fiscal

Resumen


La entidad consultante es una asociación constituida por diversas administraciones públicas y por los propietarios de un conjunto de viviendas. Dicha entidad va a impulsar la rehabilitación y urbanización del polígono donde se encuentran las viviendas.

Original


1.- Derecho a la deducción.2.- Tipo Impositivo de las obras a ejecutar.3.- Sujeción de los servicios prestados por la consultante.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1040-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 20 de Abril de 2004

1.- El artículo 4, apartado uno de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, (Boletín Oficial del Estado de 29 de diciembre), establece que "estarán sujetas al Impuesto las entregas de bienes y prestaciones de serviciosrealizadas en el ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, incluso si se efectúan en favor de los propios socios, asociados, miembros o partícipes de las entidades que las realicen".

A estos efectos, el artículo 5, apartado uno de la citada ...

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