Consulta no vinculante nº 1472-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 30 de Septiembre de 2003

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Resumen


El consultante es personal de alta dirección de una empresa. Para hacer frente a determinados gastos de representación y relaciones públicas de la empresa, esta le ingresa mensualmente una cantidad de dinero en una cuenta corriente que comparte con su cónyuge.

Original


Incidencia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las referidas cantidades.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1472-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 30 de Septiembre de 2003

El artículo 16.1 de la Ley 40/1998, de 9 de diciemb...

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