Consulta no vinculante nº 0119-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 3 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2004
EmisorSubdirección General de Impuestos sobre el consumo
Normativa aplicadaLey 37/1992 art. 91-uno-1-6º
  1. - De acuerdo con lo establecido en el artículo 90, apartado uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el citado tributo se exigirá al tipo impositivo del 16 por ciento, salvo en los casos previstos en el artículo 91 de la misma Ley.

  2. - El artículo 91, apartado uno.1, número 6º de la Ley 37/1992, declara que se aplicará el tipo impositivo del 7 por ciento a los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicación.

    Los productos sanitarios, material, equipos o instrumental que, objetivamente considerados, solamente puedan utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales.

    No se incluyen en este número los cosméticos ni los productos de higiene personal.

  3. - A tales efectos, y en relación con productos similares a los que se refiere el escrito de consulta, existen varios informes que sirven de referencia para los productos consultados:

    " Según informe de la Unidad de Estudios Económicos Sectoriales y Asistencia Técnica del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia Estatal Tributaria de fecha 13 de mayo de 1994, los equipos a que se refiere el escrito de consulta, considerados como un conjunto, son de exclusiva aplicación clínica como medios diagnósticos de enfermedades humanas, incluyendo los accesorios objeto de consulta. No obstante, los repuestos de dichos equipos, siempre que se trate de elementos o piezas normalizadas industrialmente (UPC...

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