Consulta no vinculante nº 1446-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 1 de Julio de 1997

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Resumen


Comunidad de bienes que desarrolla la actividad de intermediarios de comercio (grupo IAE: 631). Uno de los comuneros aporta sólo capital y el otro, además, su trabajo, percibiendo por ello una retribución

Original


Incidencia de la retribución del "comunero-trabajador" en la determinación del rendimiento neto de la comunidad.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1446-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 1 de Julio de 1997

Las comunidades de bienes y sociedades civiles no constituyen sujetos pasivos del IRPF sino que se ...

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