Consulta no vinculante nº 2520-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 9 de Diciembre de 1997

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Resumen


La Sociedad tiene proyectado utilizar el sistema denominado "anticipo de créditos comunicados en soporte magnético a una entidad financiera" que se articula mediante la entrega a una entidad bancaria el soporte o listado dónde figuran relacionadas los créditos que detenta contra sus clientes para que ésta gestione su cobro. El Banco a su vez, una vez conformado el soporte magnético, concedería a la empresa un anticipo del importe de estos créditos sin asumir responsabilidad alguna, comunicando a aquella los créditos anticipados y los intereses y gastos de financiación. Los créditos impagados serán devueltos por el Banco a la empresa mediante carta de adeudo.

Original


Tratamiento de dichas operaciones en relación con el gravamen de Actos Jurídicos Documentados, documentos mercantiles.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 2520-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 9 de Diciembre de 1997

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales como del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en...

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