Cuestión Vinculante nº V1928-05 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 28 de Septiembre de 2005

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Resumen


Dos hermanos heredaron en el año 1984 un negocio subrogándose uno de ellos en el contrato de arrendamiento del local donde el mismo se ubica y dándose de alta como empresario. En el IRPF determinaba su rendimiento neto por el método de estimación objetiva en un primer momento y posteriormente por el método de estimación directa modalidad simplificada, y en el Impuesto sobre el Valor Añadido se encuentra dentro del régimen de recargo de equivalencia.

Se ha llegado a un acuerdo con la propiedad del local para rescindir el contrato de arrendamiento y, por lo tanto, cesar en la actividad empresarial a cambio de una indemnización.

Original


Imputación en el IRPF de la indemnización por la rescisión del contrato.

Posibilidad de aplicar los coeficientes reductores de la disposición transitoria novena del texto refundido de la Ley ...

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Extracto


Cuestión Vinculante nº V1928-05 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 28 de Septiembre de 2005

PRIMERO: En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los derechos que el contrato de arrendamiento de local de negocio confiere al arrendatario se configuran como un elemento del inmovilizado inmaterial afecto a la actividad económica desarrollada por aquél, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.1 c) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Person...

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