Consulta no vinculante nº 0829-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 23 de Abril de 1997

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Abogados Fiscal

Resumen


La Entidad Mercantil consultante realiza las siguientes actividades:

- Venta al por mayor de artículos de papelería (CNAE 5147).

- Venta al por menor de ordenadores y equipos de oficina (CNAE 5248).

- Clases de informática (CNAE 8022). (Los ingresos por esta actividad no superan el 15% de los totales).

Original


- Sujeción o exención del Impuesto de la actividad de enseñanza de informática.

- Consideración de dicha actividad como accesoria de la principal o diferenciada.

- Posibilidad de solicitar...

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Extracto


Consulta no vinculante nº 0829-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 23 de Abril de 1997

A) Fundamentos de derecho.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, apartado uno, número 9º de la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, (Boletín Oficial del Estado del 29), están exentas del mencionado Impuesto las siguientes operaciones:

"9º. La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar, universitaria y de posgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades".

2. El artículo 7 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, ...

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