Cuestión Vinculante nº V0549-07 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos, 15 de Marzo de 2007

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Resumen


Una entidad es titular de depósitos fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco (con Código de Actividad y Establecimiento, CAE DF), de depósitos fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco situados en puertos y aeropuertos y que funcionan exclusivamente como establecimientos minoristas (CAE DM) y de depósitos fiscales para el suministro de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco para consumo o venta a bordo de buques y/o aeronaves (CAE DP).

Original


Posibilidad de realizar envíos en régimen suspensivo desde los depósitos fiscales con CAE DM o DP a los demás depósitos fiscales de los que es titular.

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Extracto


Cuestión Vinculante nº V0549-07 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos, 15 de Marzo de 2007

El apartado 1 del artículo 11 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el RD 1165/1995, de 7 de julio, establece:

"1. El centro gestor podrá autorizar, a l...

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