Consulta no vinculante nº 0291-99 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 5 de Marzo de 1999

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Resumen


La consultante es una comunidad de bienes titular de unos inmuebles que explota en régimen de arrendamiento para lo cual dispone de una persona en plantilla dedicada a la gestión de la entidad y de un local donde se desarrolla la misma.

Además, y desde el momento de su constitución lleva la contabilidad de acuerdo con el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad.

Se proyecta transformar la Comunidad de Bienes en una Sociedad Limitada, mediante la aportación, no dineraria, íntegra del patrimonio empresarial de la Comunidad de Bienes Los comuneros recibirán a cambio acciones de la Sociedad Limitada en proporción a su participación en la Comunidad de Bienes.

Original


Si la aportación que se proyecta realizar, queda encuadrada dentro de los supuestos de aportación no dineraria de un patrimonio empresarial que constituye una rama de actividad a una sociedad de nu...

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Extracto


Consulta no vinculante nº 0291-99 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 5 de Marzo de 1999

El artículo 108 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades (en redacción de la Ley 50/1998, de Medidas fiscales, Administra...

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