Consulta no vinculante nº 0279-98 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 20 de Febrero de 1998
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Resumen
La Sociedad consultante vende a terceras personas plantones (árboles de pocos meses de vida) que se encuentran arraigados-enraizados en una finca de su propiedad, comprometiéndose además a prestar a dichas personas los servicios de mantenimiento de los referidos plantones mediante técnicas avanzadas de cultivo durante un período de 25 años.
Las operaciones anteriormente descritas son realizadas por la Sociedad consultante en favor de las citadas personas por precio único y según las condiciones acordadas en el modelo de contrato que se acompaña al escrito de consulta.Original
Tipo impositivo aplicable a las referidas operaciones realizadas por la Sociedad consultante.
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Extracto
Consulta no vinculante nº 0279-98 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 20 de Febrero de 1998
A) Fundamentos de derecho.
1.- De conformidad con lo dispuesto en el apartado uno del artículo 90 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, en la redacción dada por el artículo 78, apartado primero, de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos General del Estado para 1995 (Boletín Oficial del Estado del 31), dicho Impuesto se exigirá a...Ver el contenido completo de este documento
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