Consulta no vinculante nº 0615-00 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 16 de Marzo de 2000

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Resumen


El consultante, tripulante de una compañía aérea, efectúa vuelos transoceánicos. En numerosas ocasiones, debido a la duración del vuelo se produce un cambio de día, de tal forma que el día de la llegada a España es distinto del día de la salida del país extranjero (Por ejemplo, se parte de Perú un martes y se llega a España el miércoles por la mañana).

Original


Si se considera que se ha producido una pernocta en estos casos.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Consulta no vinculante nº 0615-00 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 16 de Marzo de 2000

El artículo 8.A.3 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía