Consulta no vinculante nº 1725-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 29 de Julio de 1997

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Abogados Fiscal

Resumen


La consultante inicia el 9 de enero de 1997 el ejercicio de las siguientes actividades:

- comercio al por menor de productos alimenticios (ep. IAE: 647.2).

- comercio al por menor de libros, periódicos... (ep. IAE: 659.4).

- comercio al por menor de tabaco... (ep. IAE: 646.4).

Por las dos primeras actividades manifiesta estar incluida en la modalidad de SIM del método de estimación objetiva. Todas las actividades se realizan conjuntamente en una tienda (alquilada) ubicada en el recinto de una gasolinera. Al no disponer de contador individualizado para la tienda, acuerda con el propietario el pago del consumo de electricidad en función de la superficie de la tienda.

Original


Forma de cuantificar las unidades utilizadas del módulo "consumo de energía eléctrica"

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1725-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 29 de Julio de 1997

Cuando, por no existir facturación específica del consumo de energía eléctrica, no hay posibilidad de conocer fehacientemente su cuantía, habrá de recurrirse a o...

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