Cuestión Vinculante nº V0028-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 10 de Junio de 2004

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Resumen


El consultante, es una persona física que participa en el capital social de las siguientes sociedades: Sociedad A (33,33%), Sociedad B (50%), Sociedad C (30%), Sociedad D (47,54%) y Sociedad E (25%). Desea centralizar en una sola sociedad holding de nueva creación la totalidad de las acciones y participaciones que posee en las citadas entidades, mediante la realización de un canje de valores. La sociedad holding dispondría de los medios personales y materiales necesarios para dirigir las participaciones de las sociedades participadas.Los motivos para llevar a cabo la operación son los que se citan en el cuerpo de la presente contestación.

Original


: Si la operación descrita puede acogerse al régimen especial contemplado en el Capítulo VIII del Título VIII de la Ley 43/1995.

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Extracto


Cuestión Vinculante nº V0028-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 10 de Junio de 2004

Mostrar, en el ámbito financiero una mayor solvencia empresar...

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