Consulta no vinculante nº 2399-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 22 de Diciembre de 2003
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Resumen
El consultante cesa en su actividad de Procurador de los Tribunales el 31 de diciembre del 2002. Dado que tenia asuntos judiciales pendientes de resolución judicial, el Colegio Profesional de Procuradores de los Tribunales que le corresponde, le concede una habilitación para finalizarlos. Tales asuntos han sido finalizados durante el año 2003.
Original
Como facturar a los clientes con los que ha finalizado sus asuntos en el año 2002. Como tributar por el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por los ...
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Extracto
Consulta no vinculante nº 2399-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 22 de Diciembre de 2003
1º.- En materia del Impuesto sobre el Valor Añadido se informa:
A) El artículo 75, apartado uno, número 2ª de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín oficial del Estado del 29) preceptúa que se devengará el Impuesto en las prestacio...Ver el contenido completo de este documento
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