Consulta no vinculante nº 1570-02 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 18 de Octubre de 2002
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Resumen
El consultante ejerce una actividad agraria de explotación de un olivar, determinando su rendimiento neto por el régimen de estimación objetiva. Su producción la entrega a una cooperativa productora de aceite, que a su vez pertenece a una cooperativa comercializadora de segundo grado.
Esta cooperativa comercializadora efectúa la liquidación a las cooperativas asociadas el 30 de noviembre de cada ejercicio económico. Con fecha 29 de enero, los socios de la cooperativa productora conocen, a través de una ficha resumen, el resultado de su actividad agraria del año anterior, teniendo los datos necesarios para realizar la declaración de renta de dicho ejercicio.Original
Imputación temporal de los rendimientos de la actividad.
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Extracto
Consulta no vinculante nº 1570-02 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 18 de Octubre de 2002
Según establece el artículo 14.1.b) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias (BOE de 10 de diciembre) ...
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