Consulta no vinculante nº 1036-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos, 23 de Mayo de 1997

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Resumen


La asociación consultante, declarada de utilidad pública, tiene concedida la explotación de una sala de Bingo que, a su vez, tiene cedida a una empresa de servicios, por lo que percibe un canon del que se le retiene el 25 por 100.

En 1-994 incurrió en gastos motivados por la falta de altura de los techos de la sala de Bingo.

Original


- El canon percibido ¿es un rendimiento del capital mobiliario o un ingreso de actividad empresarial?.

- Los gastos en que se incurrió por la falta de altura de los techos, ¿son deducibles de ...

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1036-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos, 23 de Mayo de 1997

1-- Consideración del canon percibido por la explotación de una sala de Bingo como rendimiento del capital mobiliario o como ingreso procedente del ejercicio de una actividad empresarial.

De acuerdo con reiterada jurisprudencia del Tribunal Económico Administrativo Central, puesta de manifiesto, entre otro...

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