Cuestión Vinculante nº V1042-11 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 20 de Abril de 2011
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Resumen
En el año 2007, como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de la empresa en la que prestaba sus servicios, el consultante vio extinguida su relación laboral. La empresa instrumentó sus compromisos derivados del ERE a través de un contrato de seguro colectivo.
Original
A los efectos del IRPF, tributación de las cantidades percibidas mensualmente por el consultante en concepto de indemnización por la extinción de su relación laboral. Aplicación de la reducción del...
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Extracto
Cuestión Vinculante nº V1042-11 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 20 de Abril de 2011
La presente contestación se formula con arreglo a la normativa vigente al tiempo de presentar la consulta.
En la medida en que las cantidades pagadas al consultante tienen como causa atender a las obligaciones indemnizatorias contraídas con los trabajadores y reconocidas en el expediente de regulación de empleo, tendrán, a estos efectos, la consideración de indemnización por despido o cese del trabajador, y por tanto, les será de aplicación la exención regulada en la letra e) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de...Ver el contenido completo de este documento
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