Cuestión Vinculante nº V0715-07 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 9 de Abril de 2007
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Resumen
El consultante abrió una cuenta vivienda en 2004 cuyo saldo entregó como cantidad a cuenta al promotor de la vivienda en 2005. Al quedar sin saldo la cuenta el banco la canceló. La escritura pública del contrato de compra de la vivienda se otorgará en 2007 ó 2008, por ello el consultante tiene intención de abrir una nueva cuenta vivienda que destinará a la adquisición de la que será su primera vivienda habitual.
Original
Posibilidad de abrir una segunda cuenta vivienda y deducirse por las cantidades depositadas en la misma.
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Extracto
Cuestión Vinculante nº V0715-07 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 9 de Abril de 2007
La regulación de las cuentas viviendas, en desarrollo del artículo 68.1.1.1º de la Le...
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