Cuestión Vinculante nº V1821-08 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 10 de Octubre de 2008
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Resumen
La consultante es una sociedad limitada constituida en 2004 con el objetivo de promover la construcción de viviendas en una parcela de suelo urbano consolidado demoliendo las edificaciones existentes.
La referida parcela estaba compuesta por cinco fincas colindantes, de cuya adquisición conjunta se hacía depender el proyecto de construcción, así como del desalojo de los inquilinos y ocupantes de las edificaciones a demoler.Adquiridas la mayor parte de las fincas, la consultante procedió a acometer la demolición de las viviendas edificadas, requiriéndose recursos financieros para la ejecución de dichas labores.Tras varios intentos para obtener financiación con entidades financieras, que resultaron infructuosos debido al alto nivel de endeudamiento a corto plazo de la sociedad a la finalización del ejercicio de su constitución, se acordó en 2004 la suscripción de un contrato de préstamo participativo con una sociedad de capital riesgo de nacionalidad holandesa.El contrato de prestamo participativo recoge como contraprestación acordada para la entidad prestamista holandesa un tipo de interés fijo anual del 1'5% y un tramo participativo o interés variable del 50% sobre el beneficio bruto obtenido por la venta de las viviendas construidas, estableciéndose como plazo máximo para su cancelación el 31 de diciembre de 2008.La consultante manifiesta que no hay vinculación en el sentido del artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades entre la consultante y la entidad prestamista.Con posterioridad a la suscripción del préstamo participativo, la consultante consiguió un préstamo ordinario de una entidad de crédito española con el que hacer frente a la construcción y promoción del proyecto de edificación aludido.Original
Si es deducible, a efectos del Impuesto sobre Sociedades, el gasto financiero a consecuencia de los intereses acordados en préstamo participativo.
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Extracto
Cuestión Vinculante nº V1821-08 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, 10 de Octubre de 2008
Los préstamos participativos se encuentran regulados en el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio,...
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