Cuestión Vinculante nº V2380-05 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 25 de Noviembre de 2005

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Resumen


El consultante, ante la oferta de la empresa en que trabajaba de sustituir el contrato por obra que les vinculaba por un contrato por tiempo indefinido si el trabajador se desplazaba a trabajar a Cantabria, invirtió en verano de 2003 en una vivienda en construcción en Rada (Cantabria) que adquirió en diciembre de 2003. Sin embargo, en dicho lapso de tiempo, debido a una baja prolongada, la empresa decidió no renovar el contrato de trabajo con el consultante. En la actualidad el consultante tiene una casa en Rada y trabaja en Vizcaya donde tiene intención de quedarse a vivir.

Original


Posible consideración de la vivienda enajenada como vivienda habitual a efectos de la deducción por inversión en vivienda habitual y de la exención por reinversión en vivienda habitual.

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Extracto


Cuestión Vinculante nº V2380-05 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 25 de Noviembre de 2005

El artículo 53 del Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (B.O.E. de 4 de agosto) -ºen adelante RIRPF- define la vivienda habitual en los siguientes térm...

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