Consulta no vinculante nº 2327-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 17 de Diciembre de 2003
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Resumen
Entidad que durante el año 2000 practica a sus trabajadores retenciones inferiores a las procedentes. En 2003, la Administración tributaria requiere a la entidad el ingreso de las cantidades no retenidas.
Original
Posibilidad de repercutir a los perceptores de los rendimientos las retenciones no practicadas.
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Extracto
Consulta no vinculante nº 2327-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 17 de Diciembre de 2003
La obligación de practicar retenciones o ingresos a cuenta, en concepto de pago a cuenta del Impuesto ...
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