Cuestión Vinculante nº V0307-08 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 13 de Febrero de 2008

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Resumen


Acciones adquiridas "mortis causa" por las que se aplicó la reducción prevista en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que son vendidas como consecuencia de pacto de compra firmada por el causante. Se pretende aplicar el importe obtenido a un aumento de capital en entidad de la titularidad del causahabiente o su inmovilización en productos financieros durante el plazo restante de permanencia exigido por la Ley.

Original


Si la operación proyectada afectaría al requisito de permanencia exigido por la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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Extracto


Cuestión Vinculante nº V0307-08 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos Patrimoniales y Tasas y Precios Públicos, 13 de Febrero de 2008

En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, informa lo siguiente:

En el momento de adquisición "mortis causa" de las acciones a que se refiere el escr...

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