Consulta no vinculante nº 1519-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 8 de Julio de 1997

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Resumen


El monte denominado "Montealegre", calificado como vecinal en mano común, fue objeto de expropiación en 1994 por la Consellería de Ordenación do Territorio e Obras Públicas de la Xunta de Galicia. El importe percibido en concepto de justiprecio fue repartido por partes iguales entre los 73 vecinos que formaban la comunidad vecinal.

Original


Tributación, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en el Impuesto sobre Sociedades, del justiprecio y los intereses.

En caso de tributación por el Impuesto sobre la Renta de ...

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Extracto


Consulta no vinculante nº 1519-97 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 8 de Julio de 1997

Según dispone el artículo 1 de la Ley del Parlamento de Galicia 13/1989, de 10 de octubre:

"Son montes vecinales en mano común y se regirán por esta Ley los que, con independencia de su origen, sus posibilidades productivas, su aprovechamiento actual y su voca...

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