Consulta no vinculante nº 0282-98 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos sobre las Operaciones Financieras, 23 de Febrero de 1998

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Resumen


El consultante fue retirado por «inutilidad física» en 1993.

Posteriormente, el INSERSO le diagnosticó «invalidez» con carácter definitivo (disminución del 65 por 100 que supera el mínimo establecido del 33 por 100 para el reconocimiento de la condición de minusválido).

Pertenece a la Mutualidad de la Abogacía desde 1962, en la modalidad de «no ejerciente». En 1994, dicha mutualidad le reconoce la pensión de invalidez.

Original


Exención de la pensión por invalidez que cobra de la Mutualidad de la Abogacía.

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Extracto


Consulta no vinculante nº 0282-98 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Tributos sobre las Operaciones Financieras, 23 de Febrero de 1998

El artículo 9.uno de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta ...

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