Consulta no vinculante nº 0997-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 15 de Julio de 2003

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Resumen


Los consultantes han sido residentes en Estados Unidos y Suiza desde el año 1992 hasta el año 2001. En el año 1993 adquirieron una vivienda que fue financiada, en parte, con un crédito hipotecario. En el año 2002 han regresado a España con carácter definitivo, constituyendo dicha vivienda su vivienda habitual.

Original


Posibilidad de deducir por las cantidades satisfechas por la amortización del crédito hipotecario en el año 2002 pese a no haber sido ocupada la vivienda en el plazo de los doce meses siguientes a ...

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Extracto


Consulta no vinculante nº 0997-03 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 15 de Julio de 2003

Conforme a lo dispuesto en el artículo 55.1.1º de la Ley 40/1998, de 9 de d...

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