Consulta no vinculante nº 0433-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 27 de Febrero de 2004

Enlazado como:
Abogados Fiscal

Resumen


La consultante, contrajo matrimonio en régimen económico de gananciales en 1989, siendo su actual régimen el de separación de bienes, desde 27-5-1999.

En 2001 adquirió una vivienda, que constituye la residencia habitual tanto de ella como de su esposo. Para su adquisición se subrogó en un préstamo hipotecario, que garantizó junto con su esposo, y cuyas amortizaciones son satisfechas por partes iguales entre ambos. Como contraprestación al esposo, por sus aportaciones, han acordado que este adquiera una parte indivisa determinada. Los dos han declarado en el IRPF la deducción por adquisición de vivienda habitual.

Original


Si es correcto aplicar la deducción en la declaración de su marido y en la suya misma.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Consulta no vinculante nº 0433-04 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de IRPF, 27 de Febrero de 2004

La deducción por inversión en vivienda habitual se recoge en los artículos 55.1 y 64 bis de la Ley 40/ 1998, de 9 de diciembre del Impuesto sobre la R...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía